¿Se puede reclamar si pierdo el olfato tras rinoplastia?

La pérdida del olfato tras una rinoplastia es una complicación que, aunque poco frecuente, puede tener consecuencias devastadoras para quien la sufre. Como abogado especializado en negligencias médicas y responsabilidad profesional, he visto cómo esta situación afecta profundamente la calidad de vida de mis clientes. No estás solo si te encuentras en esta situación: muchos pacientes experimentan angustia y confusión cuando, tras someterse a lo que parecía una intervención rutinaria, pierden una capacidad sensorial tan importante.

Te prometo que en este artículo encontrarás información clara sobre tus derechos y las posibilidades de reclamación si has sufrido anosmia (pérdida del olfato) después de una rinoplastia. Te explicaré paso a paso qué opciones legales tienes y cómo proceder para buscar una compensación justa.

¿Cuándo se considera que la pérdida de olfato post-rinoplastia es reclamable?

No todas las complicaciones tras una cirugía estética o funcional de nariz son motivo de reclamación. Para determinar si existe base para una demanda por pérdida olfativa después de una rinoplastia, debemos analizar varios factores:

  • Si hubo información previa adecuada sobre este riesgo específico
  • Si la técnica quirúrgica empleada fue la correcta según la lex artis
  • Si existió negligencia en el procedimiento o en el seguimiento postoperatorio
  • Si la pérdida es temporal o permanente

En mi experiencia, muchos cirujanos mencionan brevemente este riesgo en el consentimiento informado, pero no lo explican con la profundidad necesaria para que el paciente comprenda realmente sus implicaciones.

Fundamentos jurídicos para reclamar por anosmia tras una rinoplastia

La base legal para presentar una reclamación por pérdida de olfato después de una cirugía nasal se encuentra principalmente en:

  • La Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente
  • Los artículos 1.101 y siguientes del Código Civil (responsabilidad contractual)
  • El artículo 1.902 del Código Civil (responsabilidad extracontractual)
  • La normativa sobre productos sanitarios, si la causa fuera un implante defectuoso

La jurisprudencia ha establecido que, aunque la medicina no es una ciencia de resultados sino de medios, existen situaciones donde la desproporción entre el riesgo asumido y el daño causado puede ser indicio de mala praxis.

Diferencia entre complicación y negligencia en casos de anosmia

Es fundamental distinguir entre una complicación inherente al procedimiento y una negligencia médica que provoca pérdida olfativa. Mientras que la primera puede no ser indemnizable, la segunda sí genera derecho a compensación.

Algunos indicios de negligencia pueden ser:

  • Daño al nervio olfatorio por error técnico evitable
  • Infección postoperatoria no tratada adecuadamente
  • Formación de cicatrices o adherencias por técnica quirúrgica inadecuada
  • Ausencia de diagnóstico y tratamiento oportuno de complicaciones

¿Cómo demostrar que la pérdida de olfato es consecuencia de la rinoplastia?

Uno de los mayores desafíos en estas reclamaciones es establecer el nexo causal entre la intervención y la pérdida sensorial. Para ello, resulta imprescindible:

  • Realizar pruebas olfatométricas que documenten objetivamente la pérdida
  • Obtener informes médicos de especialistas en otorrinolaringología
  • Solicitar una historia clínica completa, incluyendo el parte quirúrgico
  • Contar con un perito médico especializado que analice el caso

La carga de la prueba suele recaer en el paciente, aunque en determinados casos puede aplicarse la doctrina del daño desproporcionado, que invierte esta carga probatoria.

Valoración del daño por anosmia post-rinoplastia

La indemnización por pérdida de olfato tras rinoplastia debe contemplar diversos aspectos:

  • Daño físico (la pérdida sensorial en sí misma)
  • Daño moral (afectación a la calidad de vida)
  • Lucro cesante (si afecta a la profesión del afectado, como chefs o perfumistas)
  • Gastos médicos derivados (tratamientos, rehabilitación, etc.)

Según el baremo orientativo de tráfico, la anosmia completa puede valorarse entre 5-15 puntos, pero en casos de negligencia médica esta valoración puede incrementarse significativamente.

Procedimiento para reclamar por pérdida olfativa después de una rinoplastia

Si estás considerando iniciar una reclamación por anosmia post-quirúrgica, estos son los pasos a seguir:

  1. Recopilar toda la documentación médica relacionada con la intervención
  2. Obtener un diagnóstico especializado que confirme la pérdida olfativa
  3. Intentar una reclamación extrajudicial (recomendable como primer paso)
  4. Presentar reclamación ante el seguro de responsabilidad civil del médico
  5. Si no hay acuerdo, interponer demanda judicial

El plazo general para reclamar es de un año desde que se estabiliza el daño en caso de responsabilidad extracontractual, o de cinco años si se considera contractual.

Preguntas frecuentes sobre reclamaciones por pérdida de olfato tras rinoplastia

¿Cuánto tiempo debe pasar para considerar la pérdida de olfato como permanente?

Generalmente, los especialistas consideran que si la anosmia persiste más de 6-12 meses tras la intervención, las posibilidades de recuperación disminuyen significativamente. No obstante, cada caso es único y requiere valoración individualizada.

¿Qué indemnizaciones se han conseguido en casos similares?

Las compensaciones varían enormemente según las circunstancias, desde 10.000€ hasta más de 60.000€ en casos graves donde la pérdida olfativa afecta significativamente a la profesión o calidad de vida del paciente.

¿Puedo reclamar si firmé un consentimiento informado?

Sí, puedes reclamar incluso habiendo firmado el consentimiento si: el documento no mencionaba específicamente este riesgo, la información proporcionada fue insuficiente, o existió negligencia en la ejecución del procedimiento.

Conclusión: No renuncies a tus derechos tras una complicación olfativa post-rinoplastia

La pérdida del sentido del olfato tras una rinoplastia puede tener consecuencias devastadoras que van más allá de lo puramente sensorial, afectando a tu capacidad para disfrutar de la comida, detectar peligros o incluso desempeñar tu profesión. Si te encuentras en esta situación, no debes conformarte sin analizar si existió negligencia.

En mi despacho evaluamos cada caso de forma personalizada, analizando meticulosamente la documentación médica y contando con peritos especializados para determinar si existe base para una reclamación. Te acompañamos durante todo el proceso, buscando no solo una compensación económica, sino también que se reconozca el daño sufrido y se prevengan situaciones similares en el futuro.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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